Apreciación del Propietario

La Comisión de Desarrollo Comunitario (CDC) del condado de Mendocino se esfuerza continuamente por construir y fortalecer nuestras relaciones con los propietarios participantes nuevos y existentes. Con su ayuda, CDC está actualmente ayudando a más de 1,000 hogares del condado de Mendocino con asistencia de alquiler y enriqueciendo las vidas de personas y familias de bajos ingresos, ancianos, personas sin hogar, veteranos y personas con discapacidades.

Nos damos cuenta de que el éxito de nuestros programas de asistencia de alquiler se basa en nuestras asociaciones con nuestros propietarios, y sin su apoyo, CDC no podría albergar con éxito a tantas familias. ¡Gracias!

Incentivos para Propietarios

Con el propósito de aumentar la participación y retención de los arrendadores y ampliar las oportunidades de vivienda en el condado de Mendocino, CDC ofrece emocionantes nuevos incentivos a los arrendadores que alquilan a hogares que experimentan literalmente el desamparo y/o aquellos que califican bajo el programa Emergency Housing Voucher (EHV). Estos incentivos se ofrecerán a medida que los fondos estén disponibles e incluyen:

  1. Pagos de incentivos para propietarios cuando un hogar participante elegible alquila una unidad.
  2. Fondos de mitigación/reembolso al momento de la mudanza hasta $1,000 para daños causados por el inquilino o alquiler no pagado.

Además, hay fondos disponibles para ayudar a los posibles inquilinos. Algunos ejemplos son asistencia con depósitos de seguridad, asistencia con tarifas de solicitud y asistencia con el pago de depósitos de servicios públicos o atrasos en servicios públicos.

¿Preguntas? Por favor, comuníquese con nuestra enlace con los arrendadores, Danielle Wilfong al (707) 463-5462 x102.

Preguntas Frecuentes del Propietario

Tengo una unidad vacante, ¿qué debo hacer?

Comuníquese con nuestro enlace de propietarios, Danielle Wilfong al (707) 463-5462 Ext: 102. Lo más probable es que pueda enviarle algunas referencias. CDC también puede mostrar su listado en nuestro tablero al frente para que el público lo vea. Recuerde, puede y debe evaluar y seleccionar al inquilino de su elección en función de sus criterios de evaluación.

¿Cuándo recibiré el pago?

CDC hace todo lo posible para pagar puntualmente a nuestros propietarios. Procesamos los pagos de los propietarios dos veces al mes, a principios y mediados de cada mes.

CDC también ofrece depósito directo para nuestros propietarios. Si está interesado, complete y devuelva el formulario de depósito directo y adjunte un cheque anulado.

¿Los CDC inspeccionan las unidades de alquiler?

¡Sí! CDC envía un inspector capacitado para realizar inspecciones iniciales, inspecciones anuales y, si el inquilino califica, inspecciones semestrales. Estas inspecciones son para asegurarse de que su unidad de alquiler cumpla con el Código de California y cumpla con los Estándares de calidad de vivienda de HUD.

Si se identifica alguna reparación durante la inspección, CDC informará al Propietario y al inquilino sobre las deficiencias, quién es responsable de corregir las deficiencias (Propietario o inquilino) y la fecha en que se deben corregir las deficiencias.

Los propietarios también pueden solicitar una inspección especial en cualquier momento por daños causados ​​por el inquilino o problemas de salud y seguridad.

Tenga en cuenta que las inspecciones de los CDC no reemplazan las inspecciones de propietarios que usted realizaría por sus propios motivos o inquietudes.

¿Cómo puedo aumentar el alquiler?

Los propietarios pueden aumentar el alquiler de acuerdo con la Ley de Protección de Inquilinos de California de 2019 (AB 1482) y el contrato de Pago de Asistencia para la Vivienda. Si está considerando aumentar el alquiler, tenga en cuenta la siguiente información:

  1. Los aumentos de alquiler solo se pueden solicitar al final del plazo del contrato de arrendamiento, a menos que el contrato especifique condiciones en las que el alquiler se puede aumentar durante el plazo.
  2. Los inquilinos que reciben asistencia para el alquiler deben recibir el aviso de aumento de alquiler al menos 60 días antes de la fecha de entrada en vigor del aumento de alquiler. Una vez que se notifique al inquilino, envíe inmediatamente una copia de ese aviso a CDC.
  3. De acuerdo con la Ley de Protección al Inquilino de 2019 (AB 1482):
    • Un propietario no puede aumentar el alquiler más del 5 por ciento más el cambio porcentual en el costo de vida, o el 10 por ciento, lo que sea menor, del alquiler más bajo cobrado por la unidad en el período de 12 meses anterior.
    • Los CDC han determinado el cambio porcentual en el costo de vida para el condado de Mendocino. A partir del 01/08/2026 hasta el 31/07/2027, el aumento de monto máximo permitido según AB 1482 es del 8,6% en un período de 12 meses, y
    • La tarifa bruta de alquiler de la unidad no se incrementará en más de dos incrementos durante cualquier período de 12 meses.

Las estipulaciones anteriores se aplicarán a menos que los CDC determinen que un propietario está exento de AB 1482.

Entendemos que esto es complicado. Si tiene alguna pregunta o inquietud, estamos aquí para ayudarlo, ¡contáctenos!

Le entregué a mi inquilino un aviso de mudanza. ¿Y ahora qué?

Todos los avisos entregados al inquilino, incluidos los avisos de desalojo, deben enviarse inmediatamente a los CDC.

La Ley de California y el Proyecto de Ley de la Asamblea 1482 requieren condiciones específicas para que un Propietario finalice el arrendamiento. CDC recomienda ponerse en contacto con un asesor legal para obtener asesoramiento legal si está considerando rescindir el contrato de arrendamiento de uno de sus inquilinos.

Proporcione a los CDC copias de cualquier aviso de desalojo que haya recibido. El aviso debe incluir la causa de terminación. Si cancela el arrendamiento debido a violaciones del contrato de arrendamiento, incluya también cualquier aviso/advertencia que haya entregado previamente al inquilino.

Tengo más preguntas. ¿A quién llamo?

¡Estamos aquí para ayudar! Comuníquese directamente con los CDC al (707) 463-5462. Nuestros recepcionistas capacitados pueden responder a sus preguntas o derivarlo a alguien que pueda hacerlo. O comuníquese con cualquiera de nuestro personal que se detalla a continuación.

Preguntas del propietario:

707-463-5462 Ext: 121 - Joelle Strain (strainj@cdchousing.org)
707-463-5462 Ext: 102 - Danielle Wilfong (wilfongd@cdchousing.org)

Preguntas de inspección:

707-463-5462 Ext: 105 - Mike Berg (bergm@cdchousing.org)
707-463-5462 Ext: 102 - Danielle Wilfong (wilfongd@cdchousing.org)

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